Discriminación de género en La Pérfida: Menos bromas y más veras

La discriminación en cuestión de género es un asunto complejo que me gustarí­a tratar siquiera brevemente en una clave menos frí­vola de la empleada en post anteriores. En mi conversación con mi amiga V., además del asunto del fenómeno “caza y captura de marido rico” para acceder a una high life como apunta Mistress, salió también a relucir el asunto de si mujeres y hombres cobran igual en Reino Unido. Las estadí­sticas que publican los medios de comunicación dicen que no. Tanto en Reino Unido como en España hay menos mujeres en cargos directivos.

Más allá de la presión social más o menos soterrada de suegras y compañeras de trabajo para que las madres dejen su trabajo o tengan una jornada reducida, hay un signo muy visible de que la sociedad inglesa trata con un cierto paternalismo a las mujeres trabajadoras: la edad de jubilación es distinta para hombres y mujeres.

Ellas, que han llegado al mercado de trabajo de rebote, por circunstancias de la producción (como en los contratos basura), porque tras la Primera Guerra Mundial habí­a muy pocos hombres sanos que pudieran trabajar en las fábricas, están autorizadas a dejar de trabajar cinco años antes. Dicho de otro modo, al cumplir los sesenta años, ya no hace falta seguir fingiendo que somos iguales a los hombres, y por fin podemos dedicarnos a lo que realmente nos corresponde, cuidar a nuestros nietos o a nuestros maridos, cocinar, limpiar o echar una mano en la charity local. Esta discriminación en la edad de jubilación tiene los dí­as contados porque Estrasburgo se puso firme a raí­z de casos como el del señor Barber, como se explica a continuación.

No es mi intención analizar aquí­ el complejo sistema de pensiones británico, que no conozco apenas y que además ha sido recientemente reformado como se refleja en el Pension Act 2007. Sin embargo sí­ me gustarí­a llamar la atención sobre dos casos concretos de la regulación de los esquemas de pensiones porque me parece que reflejan mucho mejor la ideologí­a de la sociedad inglesa que muchas encuestas y desiderata de distinta especie.

La cuestión es que, hasta hace poco, las mujeres accedí­an cinco años antes que los hombres tanto a la jubilación de régimen general (Basic State Pension, BSP) como a la anticipada (Early Age Retirement). Mister Barber , que se habí­a jubilado anticipadamente de la Guardian Royal Exchange (GRE) a los 52 años como consecuencia de una reducción de plantilla, consideró que tení­a derecho a que su antigua empresa le diera además de la indemnización y de las ayudas estipuladas genéricamente para casos de reducción de plantilla, la misma pensión compensatoria (retirement benefits) que recibí­an mujeres de su misma edad en situación semejante, a pesar de que la legislación dice que para los hombres la edad mí­nima es de 55 años. Los jueces ingleses dijeron que no basándose en el Pension Act 1995 y él recurrió a la Corte Europea de Justicia y ésta fue tajante: el trato debí­a ser igual para hombres y mujeres, según lo establecido en el Tratado de Roma. Como consecuencia de este fallo, desde 1996 la edad mí­nima para la jubilación anticipada de pensiones contributivas es la misma para hombres y mujeres y además se está trabajando en la equiparación de la edad de jubilación ordinaria.

Tiene su gracia que al final sea la denostada Europa (el continente, como lo llaman en La Pérfida frunciendo la nariz) quien tenga que poner orden en un paí­s que para tantas cosas está o ha estado en la vanguardia de los derechos y libertades.

Más información en inglés aquí­.
Información sobre la nueva legislación en esta materia, en inglés, aquí­.

Información sobre el feminismo en Reino Unido aquí­ .

7 respuestas a «Discriminación de género en La Pérfida: Menos bromas y más veras»

  1. Oye, guapa, pues que me equiparen a mi para jubilarme a los 55, que a los 52 también me apunto.
    La edad mínima en el Régimen General de SS español es a los 60 años y eso descontándote un 40% de la pensión, a razón de un 5% menos por año que te jubiles anticipadamente antes de los 65.
    No discriminan en género, pero me quedo con el régimen inglés.

  2. No conozco demasiado las condiciones para la jubilación anticipada en España ni en Reino Unido, así­ que no te sé decir cuál es más favorable. El sistema de allí es mixto privado/público y bastante complejo… Por otra parte en La Perfida han retrasado o quieren retrasar la edad de la jubilación a los 68 por aquello del envejecimiento de la población y la mayor longevidad, así que no está tan claro que lo de Reino Unido sea “mejor”. Y dan subvenciones a las empresas por contratar gente de avanzada edad: es muy frecuente que tu cajera del Sainsbury sea una abuelita encantadora, pero algo sorda 🙂

  3. Perdón, creo que mi conexión iba más lenta que mi impaciencia al enviar mi bobada… Al final, yo pensaba que no lo estaba enviando, y ha llegado tres veces… Pero prometo que no soy un bot rompeblogs 😉

  4. Metrolando tiene razón, lo quieren retrasar a los 70 incentivando con un 3% más por cada año que te quedes a partir de los 65.

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